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SEGURO DE CALDERAS

Este seguro ampara calderas y recipientes sujetos a presión, sin fogón; equipos auxiliares y tuberías. Garantiza los daños que puedan sufrir tanto las propias calderas o recipientes a presión a consecuencia de su explosión o avería como otros bienes del asegurado que pudieran igualmente verse afectados, así como la responsabilidad civil ante terceros que pudiera derivarse de dichos accidentes.

 COBERTURA

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  • Rotura súbita y violenta de cualquier parte de la caldera causada a presión.

  • La explosión de gas súbita y violenta dentro del horno de la caldera y conducto de gases del horno hasta la chimenea.

  • La deformación súbita, violenta e instantánea de cualquier parte de la caldera provocada por presión.

  • El agrietamiento de cualquier parte de hierro fundido, cobre o bronce en caldera de baja presión o sea presión máxima de trabajo.

  • La quemadura por insuficiencia de vapor de agua en el interior de la caldera y que evite o haga inseguro el uso.

REQUISITOS

  • Datos del Contratante.

  • RFC.

  • Razón social.

  • Actividad u objeto social.

  • Giro mercantil.

  • Domicilio.

  • Giro industrial de la empresa.

  • Descripción del estado físico del equipo asegurable

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