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SEGURO DE CALDERAS
Este seguro ampara calderas y recipientes sujetos a presión, sin fogón; equipos auxiliares y tuberías. Garantiza los daños que puedan sufrir tanto las propias calderas o recipientes a presión a consecuencia de su explosión o avería como otros bienes del asegurado que pudieran igualmente verse afectados, así como la responsabilidad civil ante terceros que pudiera derivarse de dichos accidentes.
COBERTURA
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Rotura súbita y violenta de cualquier parte de la caldera causada a presión.
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La explosión de gas súbita y violenta dentro del horno de la caldera y conducto de gases del horno hasta la chimenea.
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La deformación súbita, violenta e instantánea de cualquier parte de la caldera provocada por presión.
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El agrietamiento de cualquier parte de hierro fundido, cobre o bronce en caldera de baja presión o sea presión máxima de trabajo.
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La quemadura por insuficiencia de vapor de agua en el interior de la caldera y que evite o haga inseguro el uso.
REQUISITOS
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Datos del Contratante.
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RFC.
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Razón social.
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Actividad u objeto social.
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Giro mercantil.
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Domicilio.
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Giro industrial de la empresa.
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Descripción del estado físico del equipo asegurable